El principio fundamental de los sistemas jurídicos occidentales es la presunción de inocencia: toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Sin embargo, la realidad procesal del siglo XXI ha transformado este pilar en una ilusión técnica. Hoy en día, un ciudadano puede salir por la puerta de un tribunal con un veredicto de culpabilidad bajo el brazo, pero completamente destruido en lo financiero, lo profesional y lo humano. Nadie repara el daño.
El caso de millones de mexicanos vinculados a proceso demuestra la mayor falla del sistema judicial actual: la asimetría total del daño.
El sistema está diseñado para proteger los derechos del acusado dentro del proceso, pero carece por completo de mecanismos para devolverle la vida, el dinero o la carrera una vez que se demuestra que las acusaciones no se sostienen.
Para la ley, la absolución es el único premio, dejando el costo financiero y la ruina personal como un simple daño colateral del que nadie se hace responsable.
El verdadero problema sistémico no es que el juez absuelve al inocente al final del camino, sino que el estándar inicial es tan absurdamente bajo que permite a la fiscalía arrastrar a un individuo a la miseria antes de comprobar si las acusaciones eran falsas.
Esta disfunción nace de un coladero legal: el estándar de la “indicios”. Diseñado originalmente para agilizar la justicia,
hoy es una ventana abierta a la mediocridad interpretativa. Al no exigirse que la culpabilidad esté demostrada “sin lugar a dudas” para iniciar un proceso, la fiscalía se conforma con indicios mínimos. El problema radica en que, en demasiadas ocasiones, estos supuestos indicios no son más que relatos aislados construidos sobre el falso testimonio.
Aquí se manifiesta una perversa paradoja: la prueba envenenada por falsedad.
Si adaptamos la metáfora jurídica de la doctrina del “árbol envenenado” según la cual cualquier evidencia derivada de un acto ilegal previo es nula e inadmisible, resulta evidente que una acusación cimentada sobre una mentira original debería nacer muerta.
Sin embargo, el sistema incurre en un círculo vicioso crónico. Como el juez de la etapa preliminar argumenta que no puede determinar quién miente en una audiencia corta, opta por la salida fácil: abrir un juicio completo.
De este modo, indicios que carecen de toda acreditación real terminan validando un proceso penal que se utiliza, en la práctica, como una herramienta para infligir angustia emocional y tortura económica.
Cuando la fiscalía decide avanzar con un caso penal basándose únicamente en testimonios, sin grabaciones, huellas o testigos presenciales, se escuda en la búsqueda de la justicia.
Sin embargo, cuando esos relatos se desmoronan ante un juez bajo el peso de la duda razonable, el Estado simplemente se encoge de hombros.
En cualquier otra profesión de alta responsabilidad, iniciar un procedimiento a sabiendas de que carece de bases científicas o técnicas se tipifica como mala praxis.
Si un médico opera sin estudios o un ingeniero construye sin planos, asumen consecuencias penales y civiles. En cambio, protegidos por una inmunidad absoluta que los vuelve intocables, los fiscales rara vez rinden cuentas por armar expedientes débiles o sumarse a linchamientos mediáticos.
El dinero de los contribuyentes financia el despilfarro de la maquinaria de la acusación, mientras que el acusado debe vaciar sus cuentas bancarias, vender sus propiedades y endeudarse de por vida solo para financiar el derecho a defenderse de una impericia institucionalizada.
A esta sangría económica se suma el veredicto anticipado de la opinión pública y el corporativismo. En la era de la cancelación instantánea, las empresas rescinden contratos y cancelan reputaciones preventivamente para proteger sus acciones en la bolsa, mucho antes de que un juez evalúe la primera prueba. Cuando llega la absolución penal, los titulares ya son pequeños y el mercado ya ha cerrado sus puertas.
Es urgente que el derecho evolucione y que se reconozca la responsabilidad civil y los daños punitivos derivados de la negligencia y la mala práctica del derecho por parte de los acusadores públicos. Si el Estado tiene la facultad de congelar la vida de un individuo y someterlo a la maquinaria judicial, debe asumir también la responsabilidad subsidiaria si el caso resulta infundado. En México deben regularse procedimientos que implementen el reembolso obligatorio de gastos de defensa y penalizaciones severas para las denuncias instrumentales darían un paso hacia la verdadera equidad. Mientras la absolución penal siga significando la bancarrota y el destierro social, la justicia será solo para quienes puedan pagarla, y la inocencia, un lujo demasiado caro.
